BASES LEGALES

DE LA PROMOCIÓN “SORTEO DE UN VIAJE A ESTRASBURGO”

SORTEO DE 1 VIAJE DE 4 DÍAS PARA DOS PERSONAS A ESTRASBURGO

1.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN

La empresa RBS PALMEDITERRANEO, S.L., con CIF B98916406 y con domicilio social en Calle Cascall, nº 1-5ª-46980, Paterna-Valencia, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Valencia. En adelante, en adelante “La Organizadora”, que desarrolla la promoción que a continuación se identifica.

2.- OBJETO

El objeto de las presentes Bases legales es la promoción, organizada mediante un sorteo, llamado “Sorteo Viaje a Estrasburgo”, consistente en un sorteo de un (1) viaje de cuatro (4) días para dos (2) personas (ganador y acompañante) a la ciudad de Estrasburgo. En adelante referida como “El Sorteo” o “Promoción”, dirigida al público en general, a fin de promocionar y dar a conocer la empresa Organizadora, esto es, RBS, y con ello, también promocionar la marca Charter que ésta gestiona y a través de la que desarrolla su actividad, e incentivar las compras en todos sus establecimientos.

El Sorteo conforma la posibilidad de participar de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el presente documento.

3.- FORMA DE PARTICIPACIÓN Y MECÁNICA DEL SORTEO Y PREMIO

3.1.- Para poder activar el Sorteo, las personas que cumplan los requisitos básicos de participación deberán haber realizado, durante el Periodo promocional indicado más adelante, al menos una (1) compra de productos (cualesquiera que sean) de supermercado, por un valor igual o superior de TREINTA EUROS (30€), en cualquier establecimiento de la organizadora RBS Charter, indicados en las presentes Bases, así como conservar el ticket de compra para su justificación. Con la compra y el ticket justificativo se corresponderá UN (1) Boleto de participación que llevará una numeración específica (dicha numeración servirá de base para elegir el número de boleto ganador).

IMPORTANTE CONSERVAR EL TICKET FÍSICO DE COMPRA Y EL BOLETO PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA COMPRA Y PARTICIPACIÓN, HASTA EL FINAL DE LA PROMOCIÓN. IMPORTANTE IGUALMENTE QUE SE PIDA AL PERSONAL DE CAJA EL BOLETO EXPRESAMENTE. La Organizadora no podrá hacerse responsable de la vigilancia en la entrega de los boletos al personal, por lo que deberá ser el participante quien solicite expresamente el boleto, en caso de que no se lo diesen.

Se hace constar que por cada ticket de compra se hará entrega de UN (1) Boleto.

El participante seguirá a través de Instagram a la Organizadora para conocer el boleto ganador.

Cuantos más tickets de compra por valor igual o superior al importe referido, más boletos se podrán obtener y, por tanto, más posibilidades obtendrá el participante de ganar.


3.2.- El premio es personal e intransferible, y no podrá canjearse por ningún otro elemento, ni efectivo ni en especie. Y no podrá ser cedido ni comprometido con terceros. El premio al que se opta en esta Promoción concreta es el siguiente:

Viaje para dos (2) personas a la ciudad de Estrasburgo en el mes de mayo de 2024, con estancia máxima de cuatro (4) días, que incluye:

  • Desplazamientos en avión ida y vuelta para dos (2) personas desde Valencia a Estrasburgo y viceversa (vuelo regular) en horarios, compañías y restantes detalles por definir por cuestiones de organización y optimización de contratación del viaje.
  • Estancia en el hotel elegido, mínimo de 3 estrellas, dentro de los designados en régimen de media pensión.

Cualquier otro gasto no incluido en este listado será asumido por el ganador y su acompañante. La organizadora no abonará ningún gasto por desplazamientos, dietas, o cualquier otro desembolso adicional que aun pudiendo ser necesarios para la obtención y disfrute del premio no se especifiquen en las presentes Bases. El contenido del premio puede sufrir variaciones por causas externas o de fuerza mayor ajenas a la Organizadora, por lo que ésta no podrá hacerse responsable de estos cambios, modificaciones o anulaciones que pudieran ocasionarse. Se hace constar que, en caso de que se solicitara por el ganador cualquier modificación, en específico de fechas, podrá ser negociado directamente con la agencia de viajes encargada de gestionarlo, y en todo caso conllevara un sobrecoste, será siempre asumido por el ganador. 

4.- ÁMBITO TEMPORAL

La participación en el Sorteo deberá realizarse entre el 9 de octubre de 2023, a las 9:00 horas, y finalizará el 27 de noviembre de 2023, a las 23:00 horas, ambos inclusive. Este es el plazo que se tendrá para que, al realizar las compras iguales o superiores al importe referido validen la participación en el Sorteo. En adelante, el Periodo promocional. Los boletos podrán obtenerse dentro de las fechas establecidas. Fuera de dicho Periodo promocional, ningún boleto será válido, ni el Sorteo estará activo.

5.- ÁMBITO GEOGRÁFICO Y FUNCIONAL

El Sorteo se desarrollará dentro del estado español, en el ámbito regional de la provincia de Valencia y, dentro de ésta, en las áreas donde radican los seis establecimientos de la organizadora, RBS Charters, de los que a continuación se indican las direcciones:

  • VALTERNA- Calle Llicsó, 523
  • BÉTERA-Avda. Alcalde Vicente Cremades Alcacer, 12
  • BENICALAP-Calle Salvador Rubio, 3
  • CABAÑAL-Calle Felipe De Gauna, 9
  • SANT ANTONI (PRIMADO REIG)-Calle Ministro Luis Mayans, 52
  • MANISES-Calle Estivella, 1

Puede participar cualquier persona con capacidad suficiente para la participación y que cumplan los requisitos especificados en las presentes Bases, dirigido para el consumidor final. 


6.- LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN

Se hace saber que participar en el Sorteo supone la aceptación incondicional y el respeto por lo establecido en estas Bases Legales correspondientes.

Podrán participar en El Sorteo todas las personas físicas mayores de 18 años, residentes en territorio español de manera legal, independientemente de su nacionalidad, que realicen una compra igual o superior a treinta (30) euros en cualquiera de los establecimientos indicados de la Organizadora y que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Bases y condiciones legales. 

Cada participante, independientemente del número de veces que participe en la Promoción, podrá optar a un único premio, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos.

Quedarán excluidas del Sorteo las participaciones de empleados de la Empresa Organizadora o empresas vinculadas y aquellos participantes que no dispongan de residencia legal en España. En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, éstas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el mismo al correspondiente suplente, por orden de elección, que reúna las condiciones de participación válidas.

La Organizadora se reserva el derecho de declarar el Sorteo desierto.

7.- REQUISITOS IMPORTANTES A CUMPLIR.

El sujeto participante en el Sorteo deberá conservar la prueba de compra y el boleto acreditativos, quien deberá exhibirlo a la empresa Organizadora al momento de la aceptación y entrega de premio, perdiendo todo derecho, caso de no exhibirlo, canjearlo en dicho momento.

Serán nulas todas las pruebas de compra alteradas, manipuladas, indescifrables, o similares. En ningún caso, la Organizadora devolverá al participante la prueba de compra una vez constatada la misma. Las pruebas de compra deberán ser cursadas o remitidas a la Organizadora por el medio designado por ésta.

Se entregarán a los miembros que la Organizadora designe al efecto y especialmente para la recepción de la prueba de compra.

La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales y originales (D.N.I o pasaporte). Dichos documentos se deberán encontrar en vigor al momento del inicio de la Promoción y hasta la entrega y disfrute del premio en cuestión.

8.- SELECCIÓN Y COMUNICACIÓN DEL GANADOR. ENTREGA DEL PREMIO.

El boleto ganador resultará seleccionado mediante Sorteo realizado el día 30/11/2023 de manera aleatoria mediante el empleo de un programa informático específico para este tipo de Sorteos: https://echaloasuerte.com/number o, en su caso no fuera posible, similar.


Una vez, tras saberse el resultado del Sorteo, se sepa el boleto ganador, éste será publicado en la página web (https://rbspalmediterraneo.com/viaje-estrasburgo/) y redes sociales (Instagram = rbscharter y Facebook = Rbs superercados Charter), para máxima difusión en un plazo no superior a siete (7) días hábiles, a contar tras el Sorteo del día especificado.  

 

La persona propietaria del boleto ganador deberá estar atenta al resultado ganador y, comprobado que sea éste, deberá contactar con la Organizadora, bien a través de su teléfono de contacto y atención: 620.136.613, bien por Instagram mediante mensaje directo y privado, o bien personándose en cualquiera de los centros Charter correspondientes, durante los quince (15) días naturales posteriores a la comunicación del resultado del Sorteo, a fin de informar de su identificación a la Organizadora. El ganador deberá justificar su identidad en los términos en estas Bases establecidos junto con la documentación (ticket y boleto original).

Trascurrido este plazo sin que la Organizadora reciba comunicación fehaciente por parte del agraciado en cuestión, éste perderá tal condición y, por ende, perderá el derecho a percibir el premio del que se trate sin que nada pueda reclamar por este concepto. Pasado este plazo pues, se procederá a contactar con la primera reserva con los mismos plazos y condiciones y así hasta agotar las tres (3) reservas.

Si el premio quedara desierto por no ser reclamado en tiempo y forma, por descalificación o por no cumplirse las siguientes Bases por los intervinientes, la Organizadora podrá disponer de ellos conforme a sus intereses.

Una vez la identificación y documentación del ganador quede validada, la Organizadora le hará entrega de un justificante nominativo del premio, para lo que deberá el ganador acudir presencialmente a uno de los establecimientos RBS Charter elegido, y por un responsable de la Organizadora en atenderle, se le hará la foto (leer cláusula derechos de imagen) y entrega del justificante del premio, y posteriormente dicha foto se publicará en Redes y Página Web y, posteriormente a eso, se le facilitará al ganador los datos de la agencia de viajes seleccionada para la organización del viaje con las condiciones establecidas en las presentes Bases.

El premio no se puede canjear ni por dinero ni por otro regalo y es personal e intransferible. Estas normas son de aplicación para los participantes y ganadores del Sorteo.

9.- CAUSAS DE DESCALIFICACION DE UN PARTICIPANTE EN LA PROMOCION.

Se pretende que el Sorteo se produzca en términos de igualdad de oportunidades para todos sus intervinientes y con estricto respeto a las normas de la buena fe que deben imperar en toda Promoción.

Por ello, cualquier actitud o utilización abusiva o fraudulenta de las presentes Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante que se vea implicado en tal actuación. En todo caso, la Organizadora entiende que, sin carácter taxativo y cerrado, se produce fraude o abuso cuando:

  • Se intenta introducir un ticket falso, o perteneciente a otros establecimientos distintos de los afectados por la presente promoción.
  • Se intenta falsificar el ticket o alterarlo por cualquier medio manual, informático, tecnológico…etc.

La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el Sorteo, incluso finalizado el mismo, supondrá la descalificación automática del participante y la revocación del premio caso de haber sido agraciado el mismo.

Asimismo, en cualquier caso. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la Promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que comprometa la seguridad o la fiabilidad del Sorteo para su desarrollo o que contravenga, de algún otro modo las presentes Bases, dará derecho a La Organizadora a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva del premio, La Organizadora se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable.

10.- OTRAS CONSIDERACIONES. 

La Organizadora no se responsabiliza de:

  • cualquier daño físico del participante o terceros que se produzca en el marco del disfrute del premio.
  • las incidencias derivadas en la ejecución de la Promoción por causas de fuerza mayor.
  • los servicios que terceras empresas deban prestar en relación con la Promoción.
  • errores técnicos o humanos que pudieran darse en la gestión de la Promoción o tratamiento de los participantes.
  • de los errores, interrupciones, defectos, tardanza de operaciones o transmisiones, robo, destrucción, acceso no autorizado o alteraciones de los materiales de inscripciones de la Promoción, o por cualquier mal funcionamiento, mala transmisión o error en recibir cualquier información de La Organizadora.
  • La Organizadora se reserva también el derecho a suspender, a ampliar esta Promoción e incluso a su posible anulación, siempre que hubiese causa justificada, comprometiéndose a comunicar con la suficiente antelación, las nuevas bases, condiciones o, en su caso, la anulación definitiva. Pudiendo elegir libremente cómo compensar a los ganadores, si éste fuera el caso.
  • La empresa organizadora de la Promoción se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas y/o no perjudiquen a los participantes, y se comuniquen a éstos debidamente de manera fehaciente o con suficiente notoriedad o publicidad.

 

11.- LEGISLACIÓN APLICABLE.

Esta Promoción se rige por la legislación española y por las presentes Bases, y la resolución de cualquier disputa que pudiese surgir en relación con la interpretación, ejecución y cumplimiento de la presente Promoción y sus Bases las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales españoles en los términos de lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

12.- DERECHOS DE IMAGEN Y PROPIEDAD INTELECTUAL

 

El ganador y su acompañante, por el hecho de participar, autorizan a la Organizadora a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, imagen y contenido redactado o cualquier material facilitado, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de Internet) sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas Bases. Todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El plazo establecido para ello es de cinco (5) años.

 

13.- RETENCIÓN FISCAL.

De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o Promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. Sin perjuicio de lo anterior, el participante agraciado que finalmente disfrutará del premio deberá en su caso, y será de su cuenta y riesgo, el incorporar el valor del premio en su correspondiente declaración fiscal.

14.- ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES.

La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases como documento de carácter obligacional que vincula a los intervinientes.

15.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

 

Se hace constar que es La Organizadora, esto es, la sociedad RBS PALMEDITERRANEO S.L. identificada al inicio y con CIF B98916406, la Responsable del tratamiento, e informa, de conformidad con lo establecido en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 Y La Ley Organiza 3/2018 de protección de datos, la Organizadora informa que los datos personales facilitados por los participantes en esta Promoción serán tratados por La Organizadora con la única finalidad de gestionar adecuadamente, directamente y/o a través su participación en la Promoción, para lo que el participante otorga su consentimiento pues la participación en esta Promoción es estrictamente voluntaria.

 

Se garantiza que los datos no se transmitirán a ningún tercero, salvo los indicados en las Bases de esta Promoción y únicamente en aquellos casos en que sea imprescindible para su adecuado desarrollo. La legitimación del tratamiento viene dada por el consentimiento expreso del interesado, que se entiende dado por su participación en este concurso y la aceptación de estas Bases, y por el cumplimiento de la obligación que tendrá La Organizadora con la persona que resulte ganadora. En ningún caso se hará una transferencia internacional de datos. Las decisiones no se tomarán en ningún caso de forma automatizada.

 

En todo caso, los participantes que comuniquen sus datos tienen los derechos reconocidos a acceder, rectificar, suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste, pudiéndolos hacer efectivos mediante correo electrónico dirigido a La Organizadora, incluyendo en el asunto RGPD. A continuación, indicamos la dirección de correo electrónico disponible y habilitado al efecto:

 

 administracion@rbspalmediterraneo.com

 

El interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la autoridad española de protección de datos en el caso de que considere que se han vulnerado las vigentes disposiciones legales en materia de protección de datos.