BASES LEGALES
DE LA PROMOCIÓN “Sorteo Cheque Regalo Verano”
1.- EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN
La empresa RBS PALMEDITERRANEO, S.L., con CIF B98916406 y con domicilio social en Calle Cascall, nº 1-5ª-46980, Paterna-Valencia, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Valencia. En adelante, en adelante “La Organizadora”, que desarrolla la promoción que a continuación se identifica.
2.- OBJETO
El objeto de las presentes Bases legales es la promoción, organizada mediante un sorteo, llamado “Sorteo Cheque regalo Verano”, en el que se otorgará como premio un cheque regalo por un valor total de 100€ (cien euros) a un único ganador en cada uno de los establecimientos que la empresa tiene y que están informados en las presentes bases (Cláusula 5). Teniendo la empresa seis (6) establecimientos, se sorteará entre todos los participantes y habrá un ganador por cada establecimiento habiendo, por tanto, un máximo de seis (6) ganadores. El premio se entregará en dos (2) cheques de 50€ (cincuenta euros) cada uno, los cuales podrán ser canjeados en cualquiera de nuestros supermercados RBS Charter.
Es importante destacar que si el importe de la compra a realizar con los cheques regalo a canjear es inferior al valor del cheque, no se entregará la diferencia en dinero ni podrá canjearse en momento posterior. En estos casos, se considerará que el cheque ha sido canjeado en su totalidad una vez utilizado para la compra. Por ello, recomendamos que la compra realizada con los cheques regalo sea lo más cercana posible a su valor. La entrega del premio de 100€ en dos cheques de 50€ cada uno se hace para facilitar realizar la compra en dos ocasiones, lo cual es más cómodo que tener que hacer una sola compra de 100€.
En adelante será referido como “El Sorteo” o “Promoción”, está dirigido al público en general, y tiene como finalidad la de promocionar y dar a conocer la empresa Organizadora, esto es, RBS, y con ello, también promocionar la marca Charter que ésta gestiona y a través de la que desarrolla su actividad, e incentivar las compras en todos sus establecimientos.
El Sorteo conforma la posibilidad de participar de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el presente documento.
3.- FORMA DE PARTICIPACIÓN, MECÁNICA DEL SORTEO Y PREMIO
Para poder activar el Sorteo, las personas que cumplan los requisitos básicos de participación deberán haber realizado, durante el Periodo promocional indicado más adelante, al menos una (1) compra de productos (cualesquiera que sean) de supermercado, por un valor igual o superior de VEINTE EUROS (20€), en cualquier establecimiento de la organizadora RBS Charter, indicados en las presentes Bases.
Con la compra que se realice se le hará entrega del ticket justificativo de dicha compra y éste se corresponderá a UN (1) Boleto de participación. Los interesados deberán pedir en la Caja de compra, dicho boleto de participación y dicho ticket de compra y depositar ambos juntos en las urnas habilitadas para ello, debiendo previamente rellenar dicho boleto en las casillas que el boleto tiene habilitado, con los nombres y los apellidos y números de teléfono identificativos personales junto con el ticket.
Los interesados podrán solicitar duplicado del ticket de compra para la justificación de la misma. IMPORTANTE QUE SE PIDA AL PERSONAL DE CAJA EL BOLETO EXPRESAMENTE Y QUE SE RELLENE Y SE DEPOSITE EN LA URNA JUNTO CON EL TICKET. La Organizadora no podrá hacerse responsable de la vigilancia en la entrega de los boletos al personal, por lo que deberá ser el participante quien solicite expresamente el boleto, en caso de que no se lo diesen.
Se hace constar que por cada ticket de compra se hará entrega de UN (1) Boleto de participación.
Cuantos más tickets de compra por valor igual o superior al importe referido, más boletos se podrán obtener y, por tanto, más posibilidades obtendrá el participante de ganar.
El premio es personal e intransferible, y no podrá canjearse por ningún otro elemento, ni efectivo ni en especie, ni podrá manipularse de ningún modo (incluyendo la prohibición de fotocopiarlo y hacer entrega de éstos en cualquiera de los otros establecimientos de la empresa). Y no podrá ser cedido ni comprometido con terceros. El premio al que se opta en esta Promoción concreta es el siguiente:
Cheque regalo por importe de 100€, mediante entrega de 2 cheques regalo por importe de 50€cada uno de ellos. Se hace constar que los cheques regalo se deberán canjear antes del 31/12/2024 desde su obtención, perdiendo todo derecho, caso de no utilizarlo dentro del plazo previsto.
El contenido del premio puede sufrir variaciones por causas externas o de fuerza mayor ajenas a la Organizadora, por lo que ésta no podrá hacerse responsable de estos cambios, modificaciones o anulaciones que pudieran ocasionarse. Se hace constar que no se podrá solicitar por el ganador cualquier modificación.
4.- ÁMBITO TEMPORAL
La participación en el Sorteo se realizará entre el 8 de julio de 2024, a las 9:00 horas, y finalizará el 19 de julio de 2024, hasta la hora de cierre de cada una de las tiendas, ambos inclusive. Este es el plazo que se tendrá para que, al realizar las compras iguales o superiores al importe referido validen la participación en el Sorteo. En adelante, el Periodo promocional. Los boletos podrán obtenerse dentro de las fechas establecidas. Fuera de dicho Periodo promocional, ningún boleto será válido, ni el Sorteo estará activo.
5.- ÁMBITO GEOGRÁFICO Y FUNCIONAL
Se hace saber que participar en El Sorteo supone la aceptación incondicional y el respeto por lo establecido en estas Bases Legales correspondientes.
Podrán participar en El Sorteo:
• Todas las personas físicas mayores de 18 años con residencia en la Península de España, independientemente de su nacionalidad, que visiten la página oficial de Instagram de “rbscharter”, que tengan cuenta de Instagram y cumplan los requisitos establecidos en las presente bases. Quedan excluidos de participación en el sorteo residentes en las Islas Baleares e Islas Canarias.
• La participación es gratuita sin que sea requisito haber adquirido ningún producto.
La Organizadora se reserva el derecho de declarar El Sorteo desierto.
6.- LEGITIMACIÓN PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN
Se hace saber que participar en el Sorteo supone la aceptación incondicional y el respeto por lo establecido en estas Bases Legales correspondientes.
Podrán participar en El Sorteo todas las personas físicas mayores de 18 años, residentes en territorio español de manera legal, independientemente de su nacionalidad, que realicen una compra igual o superior a veinte (20) euros en cualquiera de los establecimientos indicados de la Organizadora y que cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Bases y condiciones legales.
Cada participante, independientemente del número de veces que participe en la Promoción, podrá optar a un único premio, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos.
Quedarán excluidas del Sorteo las participaciones de aquellos participantes que no dispongan de residencia legal en España. En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, éstas perderán su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el mismo al correspondiente suplente, por orden de elección, que reúna las condiciones de participación válidas.
La Organizadora se reserva el derecho de declarar el Sorteo desierto.
7.- REQUISITOS IMPORTANTES A CUMPLIR
Serán nulas todas las pruebas de compra alteradas, manipuladas, indescifrables, o similares. En ningún caso, la Organizadora devolverá al participante la prueba de compra una vez constatada la misma. Las pruebas de compra deberán ser cursadas o remitidas a la Organizadora por el medio designado por ésta.
Se entregarán a los miembros que la Organizadora designe al efecto y especialmente para la recepción de la prueba de compra.
La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales y originales (D.N.I o pasaporte). Dichos documentos se deberán encontrar en vigor al momento del inicio de la Promoción y hasta la entrega y disfrute del premio en cuestión.
8.– SELECCIÓN Y COMUNICACIÓN DEL GANADOR/A. ENTREGA DEL PREMIO
El boleto ganador será seleccionado mediante un sorteo que se llevará a cabo el día 23/07/2024.
El sorteo se realizará de manera aleatoria utilizando el sistema de “mano inocente” o, en caso de no ser posible, se utilizará un sistema similar que garantice la aleatoriedad y transparencia del proceso.
El sistema de “mano inocente” consiste en la extracción manual de un boleto por una persona imparcial y designada al efecto, normalmente el/la encargado/a de cada establecimiento, y estando supervisado en todo momento y grabado para mayor seguridad, garantía e imparcialidad.
En caso de que el sistema de “mano inocente” no fuera viable, se empleará un sistema alternativo que garantice el mismo nivel de aleatoriedad y transparencia. Este sistema alternativo puede incluir, pero no se limita a, el uso de software de selección aleatoria de ganadores o la extracción de boletos mediante otro método manual que cumpla con los requisitos de imparcialidad.
Una vez, tras saberse el resultado del Sorteo, se sepa el boleto ganador, éste será publicado el día 23 de julio del presente en la página web y redes sociales (Instagram = rbscharter y Facebook = Rbs superercados Charter), así como, en su caso fuese posible, en el Punto de Venta de cada establecimiento. Además, la Organizadora se pondrá en contacto con el ganador por teléfono al número que haya indicado en el correspondiente Boleto.
La persona propietaria del boleto ganador deberá, en todo caso, estar atenta al resultado ganador y, comprobado que sea éste, siempre podrá contactar con la Organizadora, bien a través de su teléfono de contacto y atención: 620.136.613, bien por Instagram mediante mensaje directo y privado, o bien personándose en cada uno de los centros Charter correspondientes, durante los tres (3) días naturales posteriores a la comunicación del resultado del Sorteo, a fin de informar de su identificación a la Organizadora y recoger los cheques regalo. El ganador deberá justificar su identidad en los términos en estas Bases establecidos junto con la documentación.
Trascurrido este plazo sin que la Organizadora reciba comunicación fehaciente o bien no logre contactar por parte del agraciado en cuestión, éste perderá tal condición y, por ende, perderá el derecho a percibir el premio del que se trate sin que nada pueda reclamar por este concepto. Pasado este plazo pues, se procederá a contactar con la primera reserva con los mismos plazos y condiciones y así hasta agotar las tres (3) reservas.
Si el premio quedara desierto por no ser reclamado en tiempo y forma, por descalificación o por no cumplirse las siguientes Bases por los intervinientes, la Organizadora podrá disponer de ellos conforme a sus intereses.
Una vez la identificación y documentación del ganador quede validada, la Organizadora le hará entrega de los cheques regalo referidos como premio, para lo que deberá el ganador acudir presencialmente a uno de los establecimientos RBS Charter elegido, y por un responsable de la Organizadora en atenderle, se le hará la foto (leer cláusula derechos de imagen) y entrega del justificante del premio, y posteriormente dicha foto se publicará en Redes y Página Web con el previo consentimiento expreso del ganador.
El premio no se puede canjear ni por dinero ni por otro regalo y es personal e intransferible. Estas normas son de aplicación para los participantes y ganadores del Sorteo.
9.-CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UN PARTICIPANTE EN LA PROMOCIÓN
Se pretende que el Sorteo se produzca en términos de igualdad de oportunidades para todos sus intervinientes y con estricto respeto a las normas de la buena fe que deben imperar en toda Promoción.
Por ello, cualquier actitud o utilización abusiva o fraudulenta de las presentes Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante que se vea implicado en tal actuación. En todo caso, la Organizadora entiende que, sin carácter taxativo y cerrado, se produce fraude o abuso cuando:
- Se intenta introducir un ticket falso, o perteneciente a otros establecimientos distintos de los afectados por la presente promoción.
- Se intenta falsificar el ticket o alterarlo por cualquier medio manual, informático, tecnológico…etc.
- Se falsifica los cheques regalo y/o se duplican mediante su falsificación o fotocopia y similares.
La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el Sorteo, incluso finalizado el mismo, supondrá la descalificación automática del participante y la revocación del premio caso de haber sido agraciado el mismo.
Asimismo, de igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la Promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que comprometa la seguridad o la fiabilidad del Sorteo para su desarrollo o que contravenga, de algún otro modo las presentes Bases, dará derecho a La Organizadora a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva del premio, La Organizadora se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable.
10.- OTRAS CONSIDERACIONES
La Organizadora no se responsabiliza de:
- las incidencias derivadas en la ejecución de la Promoción por causas de fuerza mayor.
- Pérdida, robo o destrucción de los cheques regalo, la organizadora no se compromete a reemplazarlos ni a compensar al ganador de ninguna manera.
- Uso inadecuado o no autorizado de los cheques regalo por parte del ganador o de terceros.
- Gastos adicionales en el que pueda incurrir el ganador para canjear los cheques regalo, tales como transporte, desplazamientos, etc.
- Problemas técnicos o logísticos o de funcionamiento en las tiendas que pueda impedir o dificultar el canje de los cheques regalo, incluyendo pero no limitándose a cierres temporales de las tiendas, fallos en el sistema de cobro, etc.
- Por cualquier mal funcionamiento, mala transmisión o error en recibir cualquier información de La Organizadora.
La Organizadora se reserva también el derecho a suspender, a ampliar esta Promoción e incluso a su posible anulación, siempre que hubiese causa justificada, comprometiéndose a comunicar con la suficiente antelación, las nuevas bases, condiciones o, en su caso, la anulación definitiva. Pudiendo elegir libremente cómo compensar a los ganadores, si éste fuera el caso.
La empresa organizadora de la Promoción se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas y/o no perjudiquen a los participantes, y se comuniquen a éstos debidamente de manera fehaciente o con suficiente notoriedad o publicidad.
11.- LEGISLACIÓN APLICABLE
Esta Promoción se rige por la legislación española y por las presentes Bases, y la resolución de cualquier disputa que pudiese surgir en relación con la interpretación, ejecución y cumplimiento de la presente Promoción y sus Bases las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales españoles en los términos de lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
12.- DERECHOS DE IMAGEN Y PROPIEDAD INTELECTUAL
El ganador autoriza con su consentimiento expreso a la Organizadora a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos, imagen y contenido redactado o cualquier material facilitado, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con esta Promoción, todo ello en cualquier medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de Internet) sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas Bases. Todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El plazo establecido para ello es de cinco (5) años, no obstante, el interesado tendrá derecho a retirar su consentimiento en cualquier momento.
13.- RETENCIÓN FISCAL
De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o Promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros. Sin perjuicio de lo anterior, el participante agraciado que finalmente disfrutará del premio deberá en su caso, y será de su cuenta y riesgo, el incorporar el valor del premio en su correspondiente declaración fiscal.
14.- ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES
La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases como documento de carácter obligacional que vincula a los intervinientes.
15.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Se hace constar que es La Organizadora, esto es, la sociedad RBS PALMEDITERRANEO S.L. identificada al inicio y con CIF B98916406, la Responsable del tratamiento, e informa, de conformidad con lo establecido en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 Y La Ley Organiza 3/2018 de protección de datos, que los datos personales facilitados por los participantes en esta Promoción serán tratados por La Organizadora con la única finalidad de gestionar adecuadamente, directamente y/o a través su participación en la Promoción, para lo que el participante otorga su consentimiento pues la participación en esta Promoción es estrictamente voluntaria. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación establecida o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales.
Se garantiza que los datos no se transmitirán a ningún tercero, salvo los indicados en las Bases de esta Promoción y únicamente en aquellos casos en que sea imprescindible para su adecuado desarrollo. La legitimación del tratamiento viene dada por el consentimiento expreso del interesado, que se entiende dado por su participación en este concurso y la aceptación de estas Bases, y por el cumplimiento de la obligación que tendrá La Organizadora con la persona que resulte ganadora. En ningún caso se hará una transferencia internacional de datos. Las decisiones no se tomarán en ningún caso de forma automatizada.
En todo caso, los participantes que comuniquen sus datos tienen los derechos reconocidos a acceder, rectificar, suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste, pudiéndolos hacer efectivos mediante correo electrónico dirigido a La Organizadora, incluyendo en el asunto RGPD y detallando en la solicitud sus datos identificativos. A continuación, indicamos la dirección de correo electrónico disponible y habilitado al efecto:
administracion@rbspalmediterraneo.com
El interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control competente, actualmente la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el caso de que considere que se han vulnerado las vigentes disposiciones legales en materia de protección de datos.